Espíritu Crítico

La Constitución nacional, Ley fundamental de la Nación fue sancionada en 1853 y a pesar de que ya pasaron muchos años de ese día memorable para la historia de nuestro país, aún tiene vigencia, aunque con algunas modificaciones.

Esta Ley tiene por fundamento garantizar el orden en nuestra vida en democracia. Pero ¿cómo expresa la Constitución esto que parece tan importante para nuestra vida cotidiana?
Lo hace a través de los diferentes artículos en los cuales están expresados los derechos y garantías de los habitantes de nuestro país. Uno de los artículos más importantes al respecto es el Art. 14.

Pero ¿qué difícil resulta conformar a todos? Por un lado somos individuos pero frente a la Ley somos individuos viviendo en sociedad donde lo que debe primar es el espíritu colectivo, de grupo. Acordar entre todos la mejor manera de vivir en paz y al mismo tiempo lograr la felicidad personal.

El vivir en democracia no es sólo responsabilidad de quienes nos gobiernan sino que todos somos directa o indirectamente responsables.

¿Qué les parece si empezamos desde ahora a tener espíritu crítico frente a la realidad cotidiana?
Es la única forma de aprender a ser responsables y a ser dueños de nuestro propio destino.


viernes, 19 de septiembre de 2008

"Censura"




Opinamos que esta muy mal no dejar publicar noticias de lo que uno piensa. Nosotros opinamos que cada uno puede pensar lo que quiera sobre las noticias y puede publicar lo quiera, porque cada uno tiene derecho a opinar lo que quiera, aunque a los gobiernos les disguste, porque el opinar es algo natural que nadie puede negar....

Un caso de censura previa


El constitucionalista Gregorio Badeni comentó que "este fallo es otro caso de censura judicial preventiva, lo que está vedado por el artículo 14 de la Constitución y el 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos". Al respecto, Badeni destacó: "No puede haber una censura previa, ése es el principio a defender. Desde ya, si cierto periodismo viola el derecho a la intimidad o a la imagen de una persona, el responsable tendrá que asumirlo"."Hace dos años, cuando la madre de una menor le hizo un juicio de filiación a Maradona para que reconociera su paternidad, el juez ordenó no publicar dato alguno sobre el tema. Pero la Corte Suprema revocó esa medida. Falló que no se podía nombrar a la menor y a la madre, pero que el objeto de la noticia era Maradona, quien no había honrado su paternidad".

http://www.clarin.com/diario/2003/03/19/s-03702.htm

La utpba preseto en el 2001 el libro del congreso mundial de la comunicacion, que fue censurado por los medios

Si quiere ver la nota completa has clik aqui: http://cc.msnscache.com/cache.aspx?q=73409270588072&mkt=es-AR&lang=es-AR&w=11c8fb5a,cbbe484d&FORM=CVRE

Realizado por:Martín Cabrera Verón y Yoel Carambia.